miércoles, 22 de julio de 2015

LEY DE REMISIÓN.

‪#‎RECUERDE‬
EN JULIO FINALIZA PLAZO PARA ACOGERSE A 100% DE REMISIÓN.
Según la normativa, quienes paguen el total de su impuesto adeudado hasta el 29 de julio de 2015, se beneficiarán con la condonación del 100% de intereses, multas y recargos.
Para cancelar la deuda, los contribuyentes tienen dos formas para notificar a la Administración Tributaria su decisión de acogerse a la Ley. La primera es pagar el valor del impuesto adeudado y la otra, para quienes protagonizan una acción legal, deberán acudir al Tribunal o al SRI, según corresponda, y solicitar el desistimiento del proceso, siempre que realicen el pago del impuesto.
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